miércoles, 31 de octubre de 2007

Todos a la Cárcel

En los buenos viejos tiempos las cosas se hacían de otra manera: horcas, antorchas, perros... Hoy en día, los linchamientos se hacen mucho más cómodamente, desde la redacción de un periódico.

En nuestra serie "Los medios de comunicación: la mala semilla" hoy hablaremos del tratamiento que se da a los casos más espectaculares del derecho penal. Que son los únicos que al parecer interesan a esta gente.

Hemos de comenzar explicando, de manera un poco burda, qué es lo que se tiene en cuenta a la hora de juzgar a una persona que puede haber cometido un delito.

En primer lugar, como es evidente hay que estar a los hechos. Esto, que puede parecer de perogrullo, tiene mucha importancia porque muchas veces es imposible llevar esos hechos al proceso.
Un sencillo ejemplo: Ayer cené un filete a la plancha. Si quiero probar eso en un proceso, tendría que llevar testigos (mis compañeros de mesa). En el caso de que hubiera cenado solo, sería muy difícil de demostrar. Es la verdad "material" pero no sería una verdad "procesal". Así pues, los hechos han de ser hechos probados.

En segundo lugar, ha de estarse a la tipificación del hecho en el Código Penal, y que pena se impone por la comisión de dichos hechos. Si el acto no está incluido en el CP, no es sancionable. Si
la pena impuesta es una multa, no puede condenarse a pena de cárcel, y viceversa. Aquí subyace la distinción entre delitos y faltas.


En tercer lugar, ha de probarse la intencionalidad. Es más grave un delito cometido de forma voluntaria (dolosos) que involuntaria, por descuido o negligencia (culposos).

Finalmente, hay que tener en cuenta, en la mayoría de los delitos, la gravedad de las consecuencias del delito, que también influirá en la pena.

Con estos elementos en mente, ustedes pueden analizar, desfavorablemente, el tratamiento que los medios hacen de la mayoría de los asuntos judiciales. Puede ponerse cualquier ejemplo: El "caso Madelaine", el caso del ataque en el tren de Cataluña, los atentados del 11-M, la violencia doméstica....

En general, en cualquiera de estos asuntos, los medios toman por hechos "probados" la versión de una de las partes, que es la que nos trasmiten a nosotros, el pueblo. Pueden ser ciertos o no, eso no lo sabremos, pero en general carecen de pruebas.

Otro aspecto curioso es que en general se habla de los hechos en sí, sin considerar si hay o no voluntariedad. Un buen ejemplo es el "caso Farruquito". El hecho es que Farruquito atropelló a un hombre y como consecuencia de ello, este murió. Además huyó sin prestarle asistencia, lo que agravó la condena. En general se ha dicho que la condena es escasa. Pero todos olvidan que fue un accidente. Causado por el exceso de velocidad, la impericia y el descuido. Por eso se le condena. Pero no puede ser igual que la de una persona que, premeditadamente, mata a otra. Es evidente que este hecho es mucho más grave.

Además, no se tiene nunca en cuenta ni cuál es la pena que la ley establece ni tampoco cuáles han sido las consecuencias del delito. Un buen ejemplo es el delito de lesiones, tan manoseado en estos últimos días. No es lo mismo dar una patada a una persona y no causarle lesiones, que hacerle un corte en la ceja que romperle la mandíbula. Es lo que determina la ley y parece razonable. Y si los hechos nos llevan a una condena de multa, no puede exigirse prisión preventiva.
S
e ha defendido incluso que se amplíe el tiempo de detención preventiva (antes de que se ponga a una persona a disposición judicial), que actualmente está en 72 horas. Es una barbaridad auténtica. Incluso algunos han dicho que esto del "procedimiento" es absurdo y se viene a decir que hay que cortar por lo sano y que, permítaseme la expresión "no hay más justicia que la catalana".

El problema, claro, es que cuando vemos u oímos estos casos, nos ponemos en el sitio de las víctimas, pero podemos vernos en el otro lado. No es tan difícil.

Los que conducimos podemos atropellar y matar a una persona en cualquier momento. No digo que vayamos a huir como hizo Farruquito, pero comentemos negligencias a cada momento.
Imagínense que la policía pudiera detenernos treinta o cuarenta días sin llevarnos ante un juez. Que se nos metiera en prisión preventiva, aunque no hubiera motivo. Que se nos condenara a cinco o seis años de prisión, sin juicio.

Es algo en lo que hay que pensar detenidamente. No se puede legislar a golpe de calentón.

Y no se puede hablar con tanta liberalidad de lo que nada se sabe.

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